segunda-feira, 8 de outubro de 2007

Grupos de expertos evaluarán los méritos de los aspirantes a catedráticos

Los profesores universitarios que aspiren a ocupar una plaza en los cuerpos de funcionarios docentes (titular o catedrático) deberán acreditar previamente sus méritos ante una comisión de expertos designada por el Consejo de Universidades de entre los propuestos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (Aneca).

FUENTE
ABC Periódico Electrónico S.A.


Así lo establece el real decreto aprobado el viernes por el Consejo de Ministros que regula la acreditación nacional como paso previo para optar al funcionariado. La acreditación es, según el Ministerio y los propios rectores, un procedimiento «más ágil y menos costoso» que la habilitación, que incluía pruebas públicas. Una vez acreditados, los profesores podrán presentarse a los concursos que convoquen las universidades para cubrir sus plazas.
También el viernes se aprobó el real decreto que regula el acceso a las plazas de los dos únicos cuerpos de funcionarios que ha establecido la reforma de la Ley Orgánica de Universidades (LOU): catedráticos y profesores titulares.
En cuanto a la acreditación y de acuerdo con lo regulado, habrá dos comisiones -una para quienes pretendan ser titulares y otra para los que aspiren a catedráticos- por cada una de las cinco áreas de conocimiento que se fijan (Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas e Ingeniería y Arquitectura). Estarán integradas por al menos siete miembros de reconocido prestigio docente o investigador elegidos de una lista elaborada por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (Aneca). Esta lista deberá contener un mínimo de tres propuestas por cada titular de la Comisión, en la que el miembro de mayor edad actuará como presidente y el resto como vocales.
El Consejo de Universidades designará igual número de suplentes que de titulares, que procederán de la lista propuesta por la Aneca. Asimismo, antes de su designación, los componentes de las comisiones firmarán un Código Ético que será público y contendrá los compromisos que conlleva el nombramiento. Su incumplimiento podrá llevar a la revocación de su designación.
CÓDIGO ÉTICO
El certificado de acreditación tendrá una validez de seis años desde su emisión y deberá ser renovado si en ese plazo el candidato no ha accedido al funcionariado.
Obtenida la acreditación, los profesores podrán presentarse a los concursos que las universidades convoquen para cubrir sus plazas de profesores titulares y de catedráticos. Los concursos serán resueltos por comisiones nombradas conforme a lo establecido en los Estatutos de cada institución.
Los Estatutos regularán también el procedimiento de acceso que, en todo caso, valorará el historial académico docente e investigador del candidato y contrastará en sesión pública sus capacidades para la exposición y debate ante la Comisión en la correspondiente materia o especialidad en la que pretenda obtener una plaza.

Autor: Milagros Asenjo

2 comentários:

Pacheco-Torgal disse...

Eu pagava para ver esta lei ser aplicada em Portugal.

Rosa Silvestre disse...

No me importaria hazerlo si La acreditación incluise un procedimiento «más ágil y menos costoso» que la habilitación», con pruebas públicas. Mi questión eres en Portugal quando podrán los profesores presentarse a los concursos que convoquen las universidades para cubrir sus plazas por este molde?
Mui interesante pero en Portugal?
Como se pasaria y la endogamia?

Olá Alex, deixei divagar o meu castelhano (argentino).....